#4 ¿Cómo se pagan mis facturas médicas si me atropellan mientras camino o ando en bicicleta?
PREGUNTA: ¿Cómo se pagan mis facturas médicas si me atropellan mientras camino o ando en bicicleta?
RESPUESTA: En Oregón, si es atropellado por un coche como peatón o ciclista, la Protección contra Lesiones Personales (PIP) de su propio seguro de automóvil cubre sus facturas médicas. Si no posee un coche y vive con un familiar, la cobertura de PIP de su seguro de automóvil le cubrirá. Si no hay una póliza de seguro de automóvil disponible, su seguro de salud cubrirá su tratamiento médico y gastos. Luego, puede presentar un reclamo contra la compañía de seguros del conductor que lo atropelló por los gastos no cubiertos por su cobertura PIP o su seguro de salud. Esto asegura que sus gastos médicos serán cubiertos bajo la ley PIP de Oregón.
¿Cómo se pagan mis facturas médicas si me atropellan mientras camino o ando en bicicleta?
Las leyes en Oregón que dictan la cobertura de Protección contra Lesiones Personales (PIP) que tiene asociada con su póliza de aseguranza automóvil son diferentes cuando se lesiona como peatón, patinador, caminante, corredor, ciclista o patinador en línea.
Si es un peatón y es atropellado por un carro, la aseguranza que tiene la responsabilidad principal de pagar sus gastos médicos es la aseguranza de su propia póliza de seguro de carro.
Eso puede sonar extraño porque no parece tener sentido que alguien lo atropelle con su carro y su póliza de aseguranza automóvil sea la responsable de los gastos relacionados con su accidente como peatón. Sin embargo, así es como están escritas las leyes de PIP en el estado de Oregón.
Si es un peatón y sufre lesiones por un carro en el estado de Oregón, presentará un reclamo con su propia aseguranza de automóvil, aunque no estuviera en su carro.
¿Qué pasa si su hijo o hija menor de dieciocho años sufre lesiones como peatón al cruzar la calle? De nuevo, su aseguranza de carro pagará la atención médica de su hijo.
¿Qué pasa si no tiene un carro? Entonces, ¿qué hace?
En realidad, verifica con los miembros de su familia con los que vive en el momento de su accidente, para ver quién tiene aseguranza de carro, y luego presenta un reclamo con su aseguranza.
Sé que suena extraño, pero así es como está escrita la ley de PIP en Oregón para accidentes de peatones. Si no tiene seguro de carro y no vive con un familiar que tenga seguro de carro, entonces usa su seguro médico para cubrir sus gastos médicos.
Si tiene otros gastos como resultado de su accidente peatonal que no son pagados por la cobertura PIP de un familiar o por su seguro médico, como copagos o deducibles, o si no tiene seguro médico, generalmente, solo entonces es cuando puede presentar un reclamo contra la aseguranza del conductor del carro que lo atropelló.
Si sufre lesiones en un accidente cuando está en un carro, nunca puede presentar un reclamo con la aseguradora PIP del carro que le pego. Solo puede hacer eso como peatón.
También es importante saber que existen otras pólizas de PIP a las que puede acceder para cubrir sus facturas médicas si se lesiona como peatón. Hemos escrito otra entrada de blog sobre otra cobertura PIP que puede estar disponible para usted. El artículo fue escrito para proveedores médicos que tratan a personas lesionadas en accidentes, pero hay buena información sobre otras pólizas de PIP que pueden ser útiles para usted.
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